miércoles, 24 de abril de 2013

El juez da la razón al SAS en la aplicación de las 37,5 horas en el Reina Sofía

La comunicación interna al Hospital «no es un acto administrativo»
El juez da la razón al SAS en la aplicación de las 37,5 horas en el Reina Sofía
 
 
Cuatro sentencias del Juzgado Contencioso Administrativo 2 de Córdoba han dado la razón al Servicio Andaluz de Salud (SAS) en los recursos planteados por el Colegio de Médicos de Córdoba y el sindicato de enfermería Satse contra la comunicación de la dirección gerencia del SAS que trasladaba a los centros sanitarios las instrucciones sobre cómo aplicar el incremento de jornada a 37,5 horas.
En un comunicado, la Consejería de Salud argumenta que los pronunciamientos judiciales de este juzgado establecen que la comunicación recurrida, en este caso dirigida al Hospital Reina Sofía de Córdoba, «no supone un acto administrativo que imponga alguna carga de forma individualizada que afecte al desarrollo de la actividad laboral del servidor público» y, por tanto, «no es objeto de recurso jurisdiccional», siempre según la nota del departamento que dirige María Jesús Montero.
La citada comunicación contiene directrices sobre aplicación del Decreto Ley 1/2012 del Gobierno central por el que se fija la jornada semanal en 37,5 horas y no la imposición de dicha jornada a los profesionales, según la Junta. Entre otros aspectos, esta comunicación recogía que no se podrá completar la jornada entrando o saliendo media hora antes del turno habitual y cómo cumplir la jornada en función de los distintos turnos.
Salud entiende que las sentencias son las primeras que se producen sobre esta materia y que plasman que «las instrucciones que dirijan los órganos de la Administración a los órgano inferiores, sobre la aplicación y ejecución de normas relativas al ejercicio y desempeño de la función pública, no constituyen ni disposiciones generales ni de actos administrativos en sentido estricto, en cuanto no se generan consecuencias jurídicas concretas e individualizadas, pues no imponen carga o deber que pueda exigirse directamente y de forma individualizada».

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